13.7.06

Puerta: ¿Cuánto falta para junio?

El cordobés podrá volver al circuito el 5 de junio de 2007. Será porque el Tribunal Arbitral del Deporte le redujo a dos años su sanción de ocho por doping de etilefrina detectado después de la final de Roland Garros 2005, que perdió frente al español Nadal. La decisión del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) que estaba en manos de tres jueces, el suizo Denis Oswald, el estadounidense John Faylor y el inglés Peter Leaver, llegó ayer a las 15 (10 de Argentina). Fue una resolución sin precedentes: la sanción de ocho años que había recibido Mariano Puerta por doping de etilefrina tras perder la final de Roland Garros 2005, fue reducida a dos años. De esta manera el tenista cordobés podrá volver a las canchas el 5 de junio. Según el fallo del TAS, de 43 páginas, Puerta ingirió en forma "accidental e inadvertidamente" el medicamento Effortil de su esposa en "circunstancias únicas y extraordinarias" y en una "cantidad despreciable y sin efectos para mejorar su rendimiento". En uno de los párrafos, el organismo al que Puerta apeló tras la sanción recibida por la Federación Internacional de Tenis, explica que "a la luz de las circunstancias del caso, el panel concluyó que su grado de culpa no es significativo". Se señala que "Puerta no ingirió ni usó una medicina conscientemente ni sabiendo que el producto que ingería contenía sustancias prohibidas". En el punto 11.7.22 sostiene: "Puerta no ha trampeado y el hecho de que haya infringido las reglas antidoping es más el resultado de la mala suerte que de cualquier falta o negligencia de su parte". La sanción es retroactiva al 5 de junio de 2005, la fecha en la que se le realizó el análisis antidoping. Es decir que cuando tenga 28 años Puerta podrá volver a competir. Esta es la segunda vez que el TAS le reduce una condena a un jugador argentino ya que también lo hizo con Guillermo Cañas el 23 de mayo cuando, también por doping, le bajó la sanción de dos años a 15 meses. Esta no fue la primera vez que Puerta dio positivo. La otra había sido en 2003 por clenbuterol por la que recibió dos años de suspensión. El TAS enfatizó que al amparo del reglamento antidoping, una segunda falta implica una sanción de por vida o de ocho años, pero indicó que en este caso resultaba una pena muy severa para "un atleta culpable de dos faltas sin mucha importancia". Para el Tribunal el caso de Puerta presenta "circunstancias únicas" y por eso buscó "aplicarle una sanción proporcional a las faltas cometidas". En relación al dictamen expuesto por el TAS, la reducción de la pena será más beneficiosa de lo que oficialmente se anunció. Una particular arista del caso del cordobés es la real duración que tendrá la suspensión. Puerta había sido suspendido por la Federación Internacional de Tenis (FIT) el 21 de diciembre de 2005 por ocho años. Y ayer la máxima entidad del tenis redujo el castigo en un 80 por ciento, es decir a un año y medio. Sucede que la pena se computa a partir del 5 de junio de 2005, fecha en la que Puerta perdió ante Rafael Nadal en Roland Garros, por lo que la modificada suspensión se cumpliría el mismo día de 2007. Pero lo cierto es que la última actuación del ganador de tres títulos del circuito —Palermo 98, Bogotá 2000 y Casablanca 2005, todo en polvo de ladrillo— data de diciembre de 2005 cuando disputó el Masters de Shanghai, torneo del que se despidió luego de perder ante Gastón Gaudio, el chileno Fernando González y el ruso Nikolay Davidenko cuando por entonces se ubicaba en el décimo lugar del ranking mundial. Los destinos de Puerta en el mundo del tenis transitaron entonces desde el oscuro panorama que se avisoraba con la suspensión "de por vida" a la reducción de la pena a ocho años y ahora a la de dos aunque en realidad serán 18 meses los que efectivamente dejará de jugar. En un fallo sin precedentes para la FIT y del que fue testigo la doctrina jurídica del mundo entero, quien se expidió ayer acerca del caso Puerta fue uno de sus abogados, el destituido juez de la Corte Suprema de Justicia, Eduardo Moliné O'Connor. "Este fallo es de enorme importancia para el deporte en general en la Argentina y en el mundo porque evita que los atletas puedan verse expuestos a soluciones extremadamente injustas debidas a una interpretación rígida del Código WADA (Agencia Mundial Antidoping)", manifestó el letrado.

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